REDES Y PRODUCTIVIDAD EN LA NATURALEZA
Capítulo 4
Complementariedad de esa inmensa variedad.
En los apartados anteriores hemos profundizado en la riqueza de la variedad del universo del factor productivo Tierra con el que -generación tras generación- la Humanidad ha tenido que contar para cumplimentar sus apremios y necesidades, es decir, para mejorar su situación económica e incorporar valor añadido. Ahora corresponde fijarnos en otra característica fundamental de esa inmensa variedad: su complementariedad.
Infinidad de veces actúan simultáneamente muchos bienes para alcanzar una utilidad común. Por ejemplo, papel, pluma y tinta sirven conjuntamente para escribir; aguja e hilo, para coser; aperos, semillas, terreno y trabajo para producir grano. Menger ha llamado ‘bienes complementarios’ a los bienes que mantienen entre sí semejante relación. Surge entonces la siguiente pregunta, tan notoria como difícil: en tales caso, qué parte de la utilidad común hay que atribuir a cada uno de los bienes complementarios que contribuyen a esa utilidad y qué leyes deciden sobre la cantidad proporcional del valor y del precio de los mismos?.[1]
Toda la riqueza de esa enorme variedad es complementaria[2]. La evidencia del sentido común –y aún más el sentido científico en todas y cada una de las ciencias- nos indica que todas y cada una de esas realidades diferentes están compenetradas de tal forma que unas remiten a otras[3] y estas a su vez a otras varias[4] constituyendo una realidad armónica ecológica majestuosa, sorprendente e inabarcable en plenitud. La realidad es mestiza. Cada una de sus partes macroscópicas y microscópicas está volcada hacia las demás y estás ejercen influjos mutuos sobre las otras[5], y también sobre las primeras. La variedad complementaria es una característica vital de la realidad y por lo tanto de la realidad económica.
Yo he considerado la ley de los bienes complementarios como la contraparte de la ley de los costes. Así como aquélla desentraña las relaciones de valor que resultan de la yuxtaposición temporal y causal, de la cooperación simultánea de varios bienes para producir un objeto útil común, así también la ley de los costes realiza la misma labor de explicación de las relaciones de valor entre aquellos bienes que operan en sucesión temporal y causal, actuando uno tras otro y entre sí con la misma finalidad. «A través de aquélla se desenredan, por así decir, las mallas de la enmarañada red en anchura mientras que la ley de los costes la desenreda en profundidad. Pero ambos procesos tienen lugar dentro del marco omniabarcante de la ley de la utilidad marginal, de la que aquellas dos leyes no son sino aplicaciones particulares a problemas particulares.[6]
En esas enormes diferencias como también en los pequeños matices de la variedad de la riqueza no rige el principio de no contradicción. Quiero decir que no es aplicable, porque si algo es y existe –y en la realidad, por definición, todo es y existe- entonces ese algo no tiene contrario, porque si el contrario también es, ya no es contrario. Nada contradice a nada. Todo en cambio complementa y enriquece lo demás y lo completa. La complementariedad[7] es un aspecto fundamental de los procesos económicos que no se puede obviar ni esconder si no queremos caer en graves errores metodológicos.
Los problemas que trae consigo la complementariedad han sido tratados en ocasiones en la investigación económica pero quizás no aún con la suficiente extenión y minuciosidad. Uno de los pioneros es Carl Menger[8] y la Escuela Austríaca de Economía.
«Resulta ahora completamente cierto que disponemos de cantidades sobrantes de bienes de orden inferior sólo mediante cantidades complementarias de bienes de orden superior; pero es también igualmente cierto que pueden incorporarse a la producción no sólo cantidades fijas de bienes de orden superior, a la manera como sucede en las combinaciones químicas…La experiencia general nos enseña más bien que toda cantidad definida de un bien de orden inferior es obtenida de bienes de orden superior que se hallan en una relación cuantitativa muy diferente entre sí»[9]
La complementariedad horizontal y vertical, como característica típica de la relación real del valor, introduce un nuevo factor sustancial a tener en cuenta -además del sujeto origen valorado y el sujeto término al que se dirige– que es ese conjunto real de cosas con el cual se pone en contacto el sujeto origen para surtir el efecto deseado por el sujeto final. Establecida esta trilogía de sujetos, en relación con el valor, podemos concluir como premisa que nuestro conocimiento de los valores económicos de las cosas aumenta por tres vías:
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Aumentando nuestro conocimiento de las características e idoneidades de lo que queremos valorar.
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Aumentando nuestro conocimiento de las características, naturaleza, objetivos del sujeto término al cual referenciamos el valor.
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Aumentando nuestro conocimiento de las relaciones de complementariedad entre el sujeto origen que valoramos y otras cosas que son necesarias para producir el objetivo del sujeto término.